¿Eres realmente un pirata?
1.¿Bajas música o Películas de Internet?
Según la Ley de Propiedad Intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar
autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual
cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que
vaya a ser objeto de negocio.(SGAE)
Pagina Oficial de la SGAE
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas
en varios CDRs, sales a la calle y la vendes?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música
o peliculas a un amigo/a?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según
la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla
tú sólo en tu entorno privado?
Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual ,
y según la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una
radio comercial?
Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro
por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio
vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España
o sólo de tu ciudad?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del
autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista"
y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni
lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música
de internet y al programarla en tu televisión o películas que
produces ¿pagas derechos de autor?
Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos
de autor no existe delito alguno.
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de
música?
Según la Ley de Propiedad Intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo
la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este
material sea privado.
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas
una copia de la película?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco
abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por
el cuchillo y robando todas sus riquezas ?
Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningú delito.
Luego: No Eres un Pirata !!!
NoSoyPirata.com
Según la Ley de Propiedad Intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Por tanto, un usuario particular no tiene que solicitar
autorización del autor/es de una obra musical o audiovisual
cada vez que graba la misma para su propio uso, y sin que
vaya a ser objeto de negocio.(SGAE)
Pagina Oficial de la SGAE
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
2.Cuando bajas esta música o Películas, ¿la grabas
en varios CDRs, sales a la calle y la vendes?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
3.Si bajas música o peliculas ¿sueles regalar esa música
o peliculas a un amigo/a?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según
la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
4.Si bajas música o Películas, ¿la usas para escucharla
tú sólo en tu entorno privado?
Al utilizarla en privado no existe ánimo de lucro por lo cual ,
y según la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
5.Si bajas música o Películas ¿la programas en una
radio comercial?
Al no obtener beneficio económico directo no existe ánimo de lucro
por lo cual , y según la Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
6.Si bajas música, ¿tienes a varios manteros a tu servicio
vendiendo las copias de esta música por todas las calles de España
o sólo de tu ciudad?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del
autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista"
y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni
lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
7.Si eres dueño de una gran cadena mediática, bajas música
de internet y al programarla en tu televisión o películas que
produces ¿pagas derechos de autor?
Al no difundirla o hacerlo pagando los correspondientes derechos
de autor no existe delito alguno.
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
8.¿Cuántos títulos aproximadamente tiene tu colección de
música?
Según la Ley de Propiedad Intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Portanto usted tenga los titulos que tenga , no esta infringiendo
la ley de la propiedad intelecutal siempre que el uso de este
material sea privado.
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
9.Alquilas películas en el videoclub y luego ¿realizas
una copia de la película?
Al no venderla no existe ánimo de lucro por lo cual , y según la
Ley de la propiedad intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización
del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del
copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización
colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
10.¿Navega usted por el mar caribe (u otros) con un barco
abordando otras naves, saqueandolas, pasando a la tripulación por
el cuchillo y robando todas sus riquezas ?
Al no abordar naves usted no esta cometiendo ningú delito.
Luego: No Eres un Pirata !!!
NoSoyPirata.com
1 comentario
el palos -